Plan de Inspección de Servicios Sociales 2017
Plan de Inspección de Servicios Sociales 2017
El presente plan tiene como finalidad la consecución de los siguientes objetivos, conforme a los principios de legalidad, economía, celeridad, eficacia, objetividad, transparencia, imparcialidad y calidad en la atención a las personas:
- Garantizar los derechos de las personas usuarias de los centros de atención social objeto de regulación normativa velando por:
- Que a tal garantía coadyuve el cumplimiento de las condiciones materiales y organizativo-funcionales establecidas en el Decreto 43/2011, de 17 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Autorización, Acreditación, Registro e Inspección de Centros y Servicios Sociales y las disposiciones concordantes.
- La detección de situaciones de deficiente atención a las personas usuarias.
- En aras a mantener la legalidad vigente, la detección de situaciones de funcionamiento irregular de centros, así como vigilar su situación para que se adapten a las condiciones materiales y organizativo-funcionales en los términos establecidos en el citado Decreto 43/2011, de 17 de mayo y disposiciones concordantes.
- Para la formación y consolidación de la red de centros del Sistema para la Autonomía y la Atención a la Dependencia en el territorio del Principado de Asturias y la promoción de unos servicios sociales de calidad, la acreditación, de aquellos centros que habiéndolo solicitado, cumplan los requisitos establecidos de acuerdo con el procedimiento reglamentariamente fijado.
- Comprobar y asesorar en el efectivo y correcto cumplimiento de las condiciones establecidas en requerimientos o en las resoluciones de procedimientos de autorización o acreditación de centros.
Líneas de actuación y acciones concretas
1.ª) Línea de actuación: Inspección para la autorización de nuevos centros o de modificaciones sustanciales de centros ya existentes en los términos del artículo 6.1 a) in fine del citado Decreto 43/2011, de 17 de mayo.
1.1. Acción: Inspección para autorización de nuevos centros de titularidad privada, o de las modificaciones sustanciales en centros ya existentes.
1.2. Acción: Comprobación del cumplimiento de las condiciones materiales y organizativo-funcionales por parte de nuevos centros de titularidad pública.
1.3. Acción: Inspección para la comprobación de cumplimiento de las condiciones resolutorias establecidas en requerimientos o resoluciones de autorización.
2.ª) Línea de actuación: Inspección para la acreditación de centros de titularidad privada en el ámbito del Principado de Asturias.
Acción 2.1. Inspección previa a la acreditación de los centros.
Acción 2.2. Inspección para la comprobación de cumplimiento de las condiciones resolutorias establecidas en requerimientos o resoluciones de acreditación.
3.ª) Línea de actuación: Inspecciones de oficio completas o monográficas, por denuncia, orden superior o a petición razonada de otros órganos administrativos. La inspección también podrá realizarse a solicitud del propio centro a inspeccionar.
3.1 Acción: Finalización de las actuaciones administrativas subsiguientes a la línea de acción 3.1 del Plan de Inspección de 2016 dirigida a la comprobación de las ratios de personal en centros de titularidad privada hasta su completa ejecución.
3.2. Acción: Inspecciones monográficas.
3.3. Acción: Inspecciones completas.
3.4. Acción: Inspecciones por denuncia.
4.ª) Línea de actuación: Asesoramiento para la autorización y acreditación de centros y servicios sociales.
4.1. Acción: Asesoramiento para la autorización.
4.2. Acción: Asesoramiento para la obtención y mantenimiento de la acreditación.
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