Acceso a centros
Tipología de centros
Entre la tipología de servicios desarrollados por el ERA destacan los de atención residencial y centro de día, orientándose los primeros a proporcionar un soporte social y convivencial de carácter permanente o temporal a las personas mayores residentes y a la prestación de servicios continuados de carácter personal y socio-sanitario, y los segundos a la prestación de atención individualizada a las necesidades de la persona mayor dependiente, promoviendo su autonomía y una permanencia adecuada en su entorno habitual.
Los servicios de atención residencial son prestados en:
Residencias: Son centros gerontológicos abiertos, de desarrollo personal y atención sociosanitaria interdisciplinar, en los que viven temporal o permanentemente personas mayores en situación de fragilidad psicosocial o dependencia.
Apartamentos Residenciales: Son centros de alojamiento para personas mayores en situación de fragilidad psicosocial, constituidos por pequeñas viviendas independientes donde la persona puede vivir sola o con un grupo familiar reducido sin necesidad de apoyos intensos.
Centros Polivalentes de Recursos: Son centros de carácter mixto, en los que podrán integrase dependencias propias de los centros de alojamiento, apartamentos, pequeñas unidades de convivencia y/o centro de día para personas mayores en situación de fragilidad psicosocial o dependencia y que presta atención a las necesidades básicas, terapéuticas.
Centros Polivalentes de Recursos
Reglamento de Régimen Interior para los centros del ERA
El presente Reglamento de Régimen Interior se aprueba en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 44.2.b. de la Ley del Principado de Asturias 7/1991, de 5 de abril, de asistencia y protección al anciano, que establece como competencia del Consejo de Administración del Organismo la aprobación del Reglamento de Régimen Interior de sus centros.