Protocolo de actuación ante ausencia no autorizada sin reintegro y/o desaparición en los centros de menores del Principado de Asturias
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Dirección General de Infancia y familias. (2025). Protocolo de actuación ante ausencia no autorizada sin reintegro y/o desaparición en los centros de menores del Principado de Asturias
Las personas menores de edad que se encuentran acogidas en los centros de protección, disfrutan de un régimen abierto como se establece en el artículo 65.3 de la Ley del Principado de Asturias 1/1995, de 27 de enero, de protección del menor. Este carácter abierto permite promover la efectiva integración y desarrollo de la persona menor de edad en la sociedad participando en las actividades de ocio, culturales y educativas de su entorno, garantizando su interés superior. La Entidad Pública de protección regula el régimen de funcionamiento de los centros de acogimiento residencial garantizando la integridad y la seguridad de las personas menores y proporcionando un entorno seguro donde se garanticen sus derechos. Este protocolo tiene como objeto coordinar actuaciones entre la Delegación de Gobierno, la Consejería competente en materia de infancia, y la Fiscalía de Menores para garantizar esos derechos. Todas las partes implicadas en estas actuaciones deben colaborar en una red de relaciones interinstitucionales e interprofesionales que permitan un grado de reconocimiento y entendimiento, basado en la confianza y la compenetración a la hora de dar respuesta a las situaciones de riesgo o peligro que puedan experimentar niños, niñas y adolescentes en acogimiento residencial. Por tanto, la existencia y fortalecimiento de esta red de agentes implicados, permitirá articular mecanismos de trabajo que no sólo faciliten prevenir dichas situaciones de riesgo o peligro, sino que, además, en el caso de producirse, puedan promover su resolución de manera segura, rápida y eficaz, siempre bajo el principio del interés superior de las personas menores de edad






