Descripción

Programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina.

Finalidad

La ayuda a conceder tiene como finalidad compensar gastos necesarios para garantizar el suministro de energía para usos térmicos o el apoyo a actuaciones de ahorro o mejoras de la eficiencia energética a los consumidores vulnerables.

Contenido

El Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre, de medidas urgentes para la transición energética y la protección de los consumidores crea en su artículo 5 el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico.

Participación económica de la persona usuaria

Carácter gratuito

Competencia

Provisión de la prestación económica: Autonómica

Financiera: Autonómica/Estatal

A continuación, preguntas frecuentes relacionadas con el pago del Bono Social Térmico.

El bono social eléctrico y el bono social térmico son dos tipos de ayudas a las que pueden acceder los hogares españoles en situación de pobreza energética.
En el caso del bono social eléctrico se realizan descuentos en la factura a los beneficiarios.
En el caso del bono social térmico se trata de una ayuda para la factura de la calefacción, agua caliente y cocina en un solo pago anual.
Para ser persona beneficiaria del Bono social eléctrico hay que solicitarlo a la comercializadora de energía eléctrica.
Y la condición de persona beneficiaria del bono social térmico se adquiere por haber sido beneficiaria del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior, sin solicitud.

No se solicita, las distribuidoras eléctricas comunican quienes fueron las personas beneficias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior y sus cuentas corrientes (de quienes les conste, pues algunas personas beneficiarias abonan directamente la factura eléctrica). Son esas personas las que adquieren la condición de beneficiarias del Bono Social Térmico.

Un bono estatal y otro autonómico complementario (que es el 50% del estatal)

  1. BONO ESTATAL. En este ejercicio se abonó el Bono Social Térmico correspondiente al ejercicio 2021, que se corresponde con las personas beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2020. Se dictó resolución acordando que se ingresase la cantidad correspondiente en las cuentas bancarias de las personas beneficiarias comunicadas por las distribuidoras eléctricas. No obstante, no se pudo pagar a las personas que no tenían cuenta bancaria disponible.  Y, por otra parte, los bancos devolvieron algunas de las cantidades ingresadas por diversas circunstancias, como cuenta bloqueada, fallecimiento titular, entre otros. Estas últimas personas beneficiarias no pudieron ser identificadas totalmente hasta este momento debido a varias incidencias de las entidades bancarias. En el listado figuran los datos debidamente anonimizados de las personas cuyos pagos fueron devueltos, así como aquellos respecto a las que no consta número de cuenta disponible. Este listado se publicará en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) concediendo un plazo de 10 días hábiles para alegaciones contados a partir del día siguiente a la publicación en el mismo. Estas alegaciones deben dirigirse al Servicio de Coordinación de Equipos y Recursos en el Territorio. En el caso de que se refieran a la cuenta corriente deberá acompañarse ficha de acreedores. 
  2.  BONO AUTONÓMICO COMPLEMENTARIO. En el ejercicio 2022 y, como consecuencia de los efectos derivados de la pandemia en las personas vulnerables, se estableció por el Principado de Asturias un Bono Social Térmico que se corresponde con el 50% del importe del estatal y que presentó los mismos problemas que el estatal. Las incidencias se publicarán una vez haya concluido la regularización del Bono Estatal y por los mismos medios. 

Se va a pagar el Bono Social Térmico Estatal correspondiente al ejercicio 2022 en un solo pago.

A los que hayan sido personas beneficiarias del Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre de 2021 y que por ello hayan adquirido la condición de beneficiarias del Bono Social Térmico en el año 2022.

Se ha iniciado ya la tramitación del procedimiento, por lo que el pago se realizará próximamente.