Descripción

Las ayudas de emergencia social para la vivienda están destinadas a aquellas personas cuyos recursos resulten insuficientes para hacer frente a gastos específicos necesarios para el disfrute y mantenimiento de la vivienda o alojamiento habitual

Finalidad

Garantizar la cobertura de gastos específicos relacionados con la vivienda

Contenido
  • Pago único y se concederán por los concejos conforme a lo dispuesto en su normativa, que contemplará el régimen de concesión directa de manera preferente, atendiendo al interés social y al carácter urgente de las mismas.
  • Las personas beneficiarias deberán justificar documentalmente el destino de las mismas a la finalidad para la que fueron concedidas en el plazo establecido en la correspondiente resolución de concesión.
  • El incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente serán causa de reintegro.
  • Gastos financiables:
    • Gastos de alquiler.
    • Gastos de pensión o alquiler de habitaciones.
    • Gastos derivados de intereses y de amortización de créditos contraídos con anterioridad a la situación de emergencia social como consecuencia de la adquisición de una vivienda o alojamiento.
    • Gastos necesarios para la habitabilidad y el equipamiento básico de la vivienda o alojamiento habitual.
    • Gastos de la comunidad de vecinos, ordinarios o extraordinarios, o derivados del abono del impuesto sobre bienes inmuebles
Modalidades

Modalidad única

Población destinataria

Personas en situación de precariedad económica y riesgo de exclusión social

Requisitos específicos de acceso

Según ordenanzas municipales

Participación económica de la persona usuaria

No aplicable

Plazo de concesión

Según ordenanzas municipales

Régimen de compatibilidad

Las ayudas de emergencia social para gastos de alquiler son incompatibles con el complemento vital para el alquiler de vivienda y con las ayudas directas para el alquiler de vivienda

Naturaleza

Tipología: Prestación económica

Fundamental: No

Competencia

Provisión de la prestación económica: Local

Financiera: Autonómica/Local