Adjudicación de vivienda pública del Principado de Asturias a personas o familias que debido a sus circunstancias de carácter personal, económico o social, requieran de una atención especial motivada por la falta de vivienda
Servicio de viviendas de titularidad autonómica por causa de emergencia social

Cargando
Descripción
Finalidad
Facilitar el acceso a una vivienda
Contenido
Las entidades locales donde radique la vivienda vacante deben contar con un programa municipal de acceso a vivienda pública.
Los programas municipales de acceso a vivienda pública deben reunir los siguientes requisitos:
- No podrán exigir a la persona solicitante un período mínimo de empadronamiento en el municipio
- Deberán garantizar que la persona solicitante que cumpla los requisitos del programa permanezca de alta como demandante de vivienda pública en alquiler, al menos, un año natural desde la fecha de presentación de la solicitud
- Priorizarán a las personas de alta en el programa en la atención y concesión de ayudas, prestaciones y servicios municipales relacionados con la vivienda, en tanto en cuanto no accedan como adjudicatarios de una vivienda del Principado de Asturias, municipal o de una empresa o entidad del sector público
Modalidades
Modalidad única
Población destinataria
Personas que requieran de una atención especial motivada por la falta de una vivienda
Requisitos específicos de acceso
Podrán ser adjudicatarias de una vivienda vacante de titularidad del Principado de Asturias las personas que cumplan los siguientes requisitos:
- Obtener unos ingresos anuales no superiores al límite previsto reglamentariamente
- No ser titular, ninguna de las personas de la unidad económica de convivencia independiente, del derecho de propiedad o de un derecho real de uso o disfrute de una vivienda o, en su caso, acreditar la no disponibilidad de uso sobre la misma
- Estar inscrito y en situación de alta como demandante en un programa municipal de acceso a vivienda pública
Participación económica de la persona usuaria
Carácter gratuito
Plazo de concesión
Un mes desde la entrada en registro de la solicitud de la persona interesada
Régimen de compatibilidad
No existen incompatibilidades
Naturaleza
Tipología: Servicio
Fundamental: No
Competencia
Provisión del servicio: Autonómica
Financiera: Autonómica