El acogimiento familiar es una medida de protección en la que se otorga la guarda de una persona menor de edad a una persona o familia que sea determinada por la Entidad Pública. Requerirá consentimiento previo de las familias acogedoras y del niño acogido o de la niña acogida, si tuviera suficiente madurez y, en todo caso, si fuera mayor de doce años.

El acogimiento familiar en familia ajena tiene como objetivo procurar a la niña o al niño un núcleo de convivencia adecuado cuando por diversas circunstancias no es posible el mantenimiento en su grupo familiar de origen. En el acogimiento familiar en familia extensa la niña o el niño permanece dentro su entorno (tíos, abuelos, parientes o allegados).

El acogimiento familiar puede ser temporal o permanente: 

  •  El acogimiento familiar temporal, tiene carácter transitorio y está dirigido principalmente a niñas y niños de entre 0 y 6 años, en tanto sus familias superan sus dificultades o si esto no fuera posible hasta que se inicie la guarda con fines de adopción. Tendrá una duración máxima de dos años.
  • El acogimiento familiar puede ser permanente cuando no es posible la reincorporación familiar y las niñas y los niños por distintas circunstancias no son susceptibles de adopción.

Podría ser de necesidades especiales, en caso de grupo de dos o más hermanos, enfermedad crónica, discapacidad, entre otros.

Para saber más sobre el tema hay que contactar con el teléfono 985208124 o 900841521, actualmente gestionado por la entidad colaboradora Meniños.

Las personas interesadas serán convocadas para una charla informativa donde se explicarán todos los requisitos para ser familia acogedora y sus implicaciones.

Acogimiento familiar y Adopciones Especiales en Asturias (Entidad colaborativa Meniños)

Ser familia acogedora o adoptiva – Asturias (Entidad colaborativa Meniños)

 

Se busca cariño e ilusión, motivos y ganas


Pasos a seguir para convertirse en familia acogedora ajena:

  1. Ponte en contacto la entidad colaboradora Meniños a través:
  2. Acudir a la charla informativa donde se detalla todo el proceso. Serán impartidas periódicamente por la entidad colaboradora Meniños.
  3. Realizar solicitud de acogimiento en modelo normalizado. PSPM0019T01 - Declaracion de idoneidad para el acogimiento familiar de menores (sede electrónica del Principado de Asturias)
  4. Formación a las personas solicitantes sobre acogimiento, obligatoria en todo caso, con carácter previo a la valoración de idoneidad.
  5. Valoración técnica especializada de las personas solicitantes. Consiste en una valoración psicosocial de la situación personal, familiar, relacional y social de las personas acogedoras así como su capacidad para establecer vínculos estables y seguros, sus habilidades educativas y aptitud para atender a una niña o niño en función de sus circunstancias.
  6. Emisión de la propuesta de idoneidad.
  7. Selección de la familia más adecuada para la niña o niño y propuesta de asignación.
  8. Constitución de la medida y seguimiento.

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