Realización de programas de interés general para fines sociales
Subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales
Se consideran proyectos de interés social aquellos relacionados con la longevidad activa e inclusiva, la garantía de derechos de la infancia y la familia, la promoción de la autonomía personal y la prevención de la dependencia, la inserción social y la inclusión activa de la población de especial vulnerabilidad
- Extracto de la Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales. (BOPA de 9 de junio 2023)
- Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se conceden y deniegan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales. (BOPA 01 de junio de 2023)
- Extracto de la Resolución de 17 de enero de 2023, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento de concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales en el Principado de Asturias. (BOPA 26/01/2023)
- Extracto de la Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se amplía el plazo de presentación de solicitudes para subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales. (BOPA 29/12/2022)
- Extracto de la resolución de 13 de diciembre de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales. (BOPA 15/12/2022)
Importante
La consejería ha diseñado una convocatoria única para la concesión de subvenciones destinadas a programas de interés general para fines sociales, financiados con las asignaciones tributarias del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y con fondos autonómicos.
La unificación de la convocatoria es fruto de un trabajo intenso del personal técnico de la consejería, que consigue acortar plazos y agilizar trámites y que da respuesta a una de las largas demandas de las entidades del tercer sector tendiendo a los principios de eficacia en el cumplimiento de objetivos y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos que presiden la gestión de las subvenciones.
Documentación
Enlaces relacionados
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Decreto 14/2000, de 10 de febrero, primera modificación del Decreto 71/92, de 29 de octubre, por el que se regula el régimen general de concesión de subvenciones