¿Qué es una denuncia?

A estos efectos se consideran infracciones en el orden social las acciones y omisiones de los sujetos responsables (personas físicas o jurídicas) tipificadas en la normativa del orden social. Las infracciones se califican como leves, graves y muy graves y se sancionan a propuesta del Servicio de Inspección y Calidad, previa instrucción del oportuno expediente y conforme al procedimiento administrativo especial establecido en la ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el Decreto 70/1994, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento Sancionador General en la Administración del Principado de Asturias.

¿Quién puede interponer una denuncia?

Toda persona que tenga conocimiento de hechos que pudieran constituir cualquier infracción en materia de Servicios Sociales.

Dichos servicios se deben solicitar a través del registro de la Administración del Principado de Asturias, por escrito dirigido al Servicio de Inspección y Calidad. Las denuncias deberán expresar la identidad de la persona o personas que las presentan y el relato de los hechos que se ponen en conocimiento de la Administración. 

Información sobre la elaboración o presentación de la denuncia:

Solicitud de denuncia al Servicio de Inspección y Calidad

 

Presentación presencial

  • Oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano, Oficinas de Asistencia en materia de Registro de las Consejerías del Principado de Asturias y por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

Presentación telemática